Definición de Declaraciones, Derechos y Garantías:
Para conocer los 43 artículos de Nuestra Constitución Nacional Argentina referida a declaraciones, derechos y garantías, acceder a este link
Declaraciones: Son manifestaciones caracterizadas a como se va a organizar el Estado.
Derechos: Es aquello que los ciudadanos tenemos permitido hacer y que nos beneficia.
Garantías: Son los mecanismos que establece la Constitución para garantizar (asegurar) el cumplimiento de los derechos de los habitantes de la Nación.
NUESTROS DERECHOS EN LA CONSTITUCIÓN NACIONAL
El conjunto de derechos reconocidos en la Constitución
Nacional puede ser dividido según se trate de derechos civiles,
patrimoniales, políticos, sociales y difusos o de tercera generación.
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Comencemos con los derechos civiles: son
aquellos que se reconocen inherentes a todas las personas y que son
fundamentales para el desarrollo humano. La vida, la integridad física, el
honor, el nombre, la identidad, casarse o formar una familia, son algunos
ejemplos de esta clase de derechos. Refieren a la libertad de las personas y
alcanzan a todos los individuos, sean estos nativos o extranjeros.
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Llamamos derechos patrimoniales a aquellos que
comprenden a las personas en relación con sus bienes materiales, es decir con
todo objeto capaz de recibir un valor de ejercer industria lícita, entre otros.
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Por derechos políticos entendemos a aquellos que
corresponden solamente a los ciudadanos y que permiten a los hombres y mujeres
intervenir en el proceso de poder, participando por sí mismos o través de
representantes, en las decisiones políticas. Vale aclarar que para participar
en los actos electorales, teniendo en cuenta la reforma legal del año 2012, se
requiere ser argentino/a nativo/a o naturalizado que tengan 16 años cumplidos o
más. Así son ejemplos de derechos políticos, votar en las elecciones o ser
elegido para un cargo de gobierno, afiliarse o constituir un partido político,
entre otros.
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Los derechos sociales refieren a la actividad laboral,
a la familia y a la seguridad social. Estos derechos pueden ser individuales o
colectivos cuando son ejercidos por familias, asociaciones de trabajadores,
etc. Se encuentran presentes en el artículo 14bis de la Constitución,
introducido en la reforma de 1949 y reafirmado en la de 1957, por ejemplo el
derecho del trabajador a recibir una jubilación justa, el derecho a huelga, a
organizarse sindicalmente, etc.
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Los derechos difusos o de tercera categoría: los han
denominado difusos porque no le corresponde a un individuo o a una institución
o grupo social, sino a toda la comunidad. La violación de los mismos, puede ser
reclamada por cualquiera de los miembros de la comunidad, por ser universales.
Por ejemplo, el derecho a tener un medio ambiente sano.
Después de ver que nuestra Constitución Nacional reconoce
los derechos de las personas y de la sociedad y establece mecanismos para
garantizar su goce, es necesario que tomemos conciencia, como habitantes de la
Nación Argentina de la responsabilidad para asegurar el cumplimiento de
tales derechos, rechazando toda actitud que vaya en desmedro de los mismos, de
no ser así, los derechos reconocidos en la Constitución serían letra muerta.
En síntesis los derechos y garantías se encuentran
reconocidos en la Constitución Nacional, nuestra tarea es asegurar el
cumplimiento de la misma, rechazando actitudes, tanto de particulares como del
Estado, que impidan el efectivo goce de tales derechos.
GARANTÍAS
Acción de
Amparo: es una acción judicial expedita y rápida, contra todo acto u
omisión de autoridades públicas o particulares, que en forma actual o
inminente, lesione, restrinja, altere o amenace con arbitrariedad o
ilegalidad manifiesta los derechos y garantías reconocidos por la ley
o la Constitución Nacional.
Hábeas
Corpus: es una
acción destinada a proteger la libertad física de la persona; la modificación
de las condiciones de detención o la desaparición de persona. Es decir protege
la libertad física y ambulatoria de las personas.
Hábeas
Data: que da a
las personas el derecho de informarse de los datos que de ella existan en
registros públicos o privados y que estos datos sean suprimidos o rectificados
en caso de ser falsos.